Informe Jurídico
Con el propósito de que nuestros asociados se encuentren informados acerca del acontecer legal del sector construcción, les estaremos enviando un informe mensual que contiene leyes, proyectos de ley, decretos, reglamentos, documentos municipales y otros relacionados, para su conocimiento.
› Informe Jurídico No. 162009-02-05 PLENARIO LEGISLATIVO PROYECTOS EN PRIMER DEBATE
COMISIÓN GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN COOPERATIVAS DE ELECTRIFICACIÓN RURAL
LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA BANCARIO NACIONAL
COMISIÓN ASUNTOS AGROPECUARIOS Y RECURSOS NATURALES
DECRETOS EJECUTIVOS Se declara de interés público la celebración del Congreso Nacional de la Construcción 2009. 34963-MP-MIVAH. 18/12/2008. LG Nº 245. INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS SENARA. Información técnica que deben de suministrar los interesados para las autorizaciones de permisos de perforación de pozos. 13/01/2009. LG Nº 8. INEC. Índices de Precios de los Insumos Básicos de la Industria de la Construcción, correspondientes al mes de noviembre. 13/01/2009. LG Nº 8. BCCR. Comunica que la tasa básica pasiva que regirá a partir del 08/01/2009, y hasta nuevo aviso será de: 11.75%. 22/01/2009. LG Nº 15. BANHVI. Se establecen los montos máximos y mínimos para el Bono Familiar de Vivienda en cada uno de sus programas de financiamiento. 28/01/2008. LG Nº 19. INEC. Índices de Precios de los Insumos Básicos de la Industria de la Construcción, correspondientes al mes de diciembre de 2008. REGIMEN MUNICIPAL MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA. Se crea la política Municipal. Se establece como requisito para el otorgamiento de permisos para el desarrollo de Urbanizaciones, fraccionamientos agrícolas, proyecto habitacional, industria o de cualquier otra índole, la construcción de un sistema de desfogue y/o infiltración de aguas pluviales. Se solicita a los administrados la elaboración de las obras de infraestructura de conformidad con el Reglamento para el Control Nacional de Fraccionamientos y Urbanizaciones. 28/01/2009. LG Nº 19. MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA. No se deberán de otorgar permisos de construcción para movimientos de tierra en áreas mayores a 300m2, sin contar con estudio de viabilidad ambiental, así como tampoco para proyectos urbanísticos ni condominios, hasta que no se halla aprobado finalmente el proyecto de los mismos. El Consejo Municipal se reserva la competencia para aprobar permisos y licencias relacionadas con urbanizaciones y condominios y cualquier otro proyecto que por su importancia o impacto se deba de conocer y aprobar por parte del Consejo Municipal. 28/01/2009. LG Nº 19.
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