Informe Jurídico


Con el propósito de que nuestros asociados se encuentren informados acerca del acontecer legal del sector construcción, les estaremos enviando un informe mensual que contiene leyes, proyectos de ley, decretos, reglamentos, documentos municipales y otros relacionados, para su conocimiento.






› Informe Jurídico No. 16


2009-02-05

PLENARIO LEGISLATIVO

PROYECTOS EN PRIMER DEBATE

  • REFORMA A LA LEY DE PARTICIPACIÓN DE LAS COOPERATIVAS DE ELECTRIFICACIÓN RURAL Y DE LAS EMPRESAS DE SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES EN EL DESARROLLO NACIONAL, LEY Nº 8345. EXP Nº 15248. EN DISCUCIÓN.
  • LEY MARCO DE CONCESIÓN DE AGUAS PARA LA GENERACIÓN DE ENERGIA HIDROELECTRICA. EXP. Nº 16949. EN DISCUSIÓN. El 13/01/2009 se recibió el 2do informe de mociones presentadas vía Art. 137. se presentaron 46 nuevas mociones vía Art. 137, correspondientes al 3er día, que se refieren a: aplicación de normas, procedimiento, plazo, prórrogas titular y reglamentación de las concesiones para el aprovechamiento de las fuerzas hidráulicas para la generación de energía hidroeléctrica, que deberán ser analizadas por la Comisión Permanente de Asuntos Agropecuarios y Recursos Naturales.
  • LEY DE MIGRACIÓN Y EXTRANGERIA. EXP. Nº 16594. EN DISCUSIÓN.

COMISIÓN GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN

COOPERATIVAS DE ELECTRIFICACIÓN RURAL

  • REFORMA A LA LEY DE PARTICIPACIÓN DE LAS COOPERATIVAS DE ELECTRIFICACIÓN RURAL Y DE LAS EMPRESAS DE SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES EN EL DESARROLLO NACIONAL, LEY Nº 8345. EXP Nº 15248. EN DISCUSIÓN.

LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA BANCARIO NACIONAL

  • LEY DE MODIFICACIÓN DEL ART. 4 DE LA LEY Nº 1644, LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA BANCARIO NACIONAL Y SUS REFORMAS. EXP. Nº 17236. EN DISCUSIÓN. El proyecto pone a la banca estatal en un mismo nivel que la privada, pues con la modificación que se pretende introducir al Art. 4, se permitirá  a los bancos del Estado, contraer deudas subordinadas, con lo que se crearía una mayor capacidad de otorgar prestamos.
    La deuda subordinada no tiene el respaldo del Estado, por lo que pasa a engrosar el capital secundario, creando así una mayor capacidad crediticia para los Bancos del Estado, sin necesidad de capitalización por parte de este.
    Sobre la regulación por parte del BCCR a la capacidad de contraer deudas subordinadas, indicó que se emplearía la misma que actualmente se aplica a los bancos privados; se deben de seguir las reglas como cualquier otro endeudamiento.

COMISIÓN ASUNTOS AGROPECUARIOS Y RECURSOS NATURALES

  • LEY MARCO DE CONCESIÓN DE AGUAS PARA LA GENERACIÓN DE ENERGIA HIDROELECTRICA. EXP. Nº 16949. EN DISCUCIÓN. EL 21/01/2009, se discuten 24 mociones. De estas se aprueban 2, la primera pretende modificar el Art. 3
    Del proyecto de Ley, de manera que posterior a la Publicación del edicto, que se establece en el Art. 179 de la Ley de Aguas, el MINAET programará la inspección al sitio y vencido el plazo de oposiciones se elaborará un informe técnico en un plazo no superior a  40 días hábiles. La segunda moción se aprobó por unanimidad y pretende que en el Art. 4, inciso 9) en lugar de leerse “Establecer el término requerido para que la plante empiece a funcionar”; se lea “Cronograma de inicio de construcción y operación de la planta”.

DECRETOS EJECUTIVOS

Se declara de interés público la celebración del Congreso Nacional de la Construcción 2009. 34963-MP-MIVAH. 18/12/2008. LG Nº 245.

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

SENARA. Información técnica que deben de suministrar los interesados para las autorizaciones de permisos de perforación de pozos. 13/01/2009. LG Nº 8.

INEC. Índices de Precios de los Insumos Básicos de la Industria de la Construcción, correspondientes al mes de noviembre. 13/01/2009. LG Nº 8.

BCCR. Comunica que la tasa básica pasiva que regirá a partir del 08/01/2009, y hasta nuevo aviso será de: 11.75%. 22/01/2009. LG Nº 15.

BANHVI. Se establecen los montos máximos y mínimos para el Bono Familiar de Vivienda en cada uno de sus programas de financiamiento. 28/01/2008. LG Nº 19.

INEC. Índices de Precios de los Insumos Básicos de la Industria de la Construcción, correspondientes al mes de diciembre de 2008.

REGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA.  Se crea la política Municipal. Se establece como requisito para el otorgamiento de permisos para el desarrollo de Urbanizaciones, fraccionamientos agrícolas, proyecto habitacional, industria o de cualquier otra índole, la construcción de un sistema de desfogue y/o infiltración de aguas pluviales. Se solicita a los administrados la elaboración de las obras de infraestructura de conformidad con el Reglamento para el Control Nacional de Fraccionamientos y Urbanizaciones. 28/01/2009. LG Nº 19.

MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA. No se deberán de otorgar permisos de construcción para movimientos de tierra en áreas mayores a 300m2, sin contar con estudio de viabilidad ambiental, así como tampoco para proyectos urbanísticos ni condominios, hasta que no se halla aprobado finalmente el proyecto de los mismos. El Consejo Municipal se reserva la competencia para aprobar permisos y licencias relacionadas con urbanizaciones y condominios y cualquier otro proyecto que por su importancia o impacto se deba de conocer y aprobar por parte del Consejo Municipal. 28/01/2009. LG Nº 19.


Estimado asociado, si usted requiere copia de cualquier decreto, reglamento o ley, sírvase comunicarse con la Licda. Kenlly Alfaro al 2253 5757 extensión 117 /113 ó bien al correo electrónico kalfaro@construccion.co.cr

Este es un servicio más, de la Cámara Costarricense de la Construcción, para usted.


 







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Email: camara@construccion.co.cr
75 metros al Oeste del Puente de Llorente de Tibas sobre la Ruta 32.

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